jueves, 5 de noviembre de 2009
Declaración "El matrimonio sólo existe entre varón y mujer"
El derecho humano a casarse se reconoce a todas las personas, pero sólo respecto del matrimonio contraído entre varón y mujer, como surge explícitamente del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que en su Art. 23, inc. 2º, dice: “Se reconoce el derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio y a formar una familia si tienen edad para ello”. (En el mismo sentido: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 16; Convención Americana de Derechos Humanos, Art. 17 inc. 2; Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Art. 16, a).
Estos Tratados Internacionales de Derechos Humanos tienen jerarquía constitucional en los términos del Art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional Argentina. El Estado queda obligado, en estos términos, a proteger a la familia fundada en el matrimonio entre varón y mujer. Los proyectos que procuren alterar este régimen de la institución matrimonial adolecen de manifiesta inconstitucionalidad.
Algunos proyectos de ley, bajo pretexto de proteger las conductas privadas de las personas del mismo sexo, buscan un reconocimiento público e institucional, que excede el ámbito de lo privado, al alterar una institución de relevancia fundamental para la sociedad toda.
Circunscribir el matrimonio a la unión entre varón y mujer, no es una discriminación injusta. Discriminar es distinguir. Es injusto cuando se trata de realidades iguales. Por el contrario, es justo hacerlo, cuando se trata de realidades que son distintas. El matrimonio y las uniones entre personas del mismo sexo son realidades diferentes.
Equiparar las uniones de personas del mismo sexo al matrimonio es redefinir el matrimonio y por lo tanto cambiar su sustancia, afectando así al bien común.
En algún caso incluso se incorpora la posibilidad de adoptar niños. Esto supone anteponer el interés de los adultos al interés superior de los niños. En este sentido, los estudios científicos demuestran la importancia de la presencia del padre y de la madre en la educación.
El gran desafío frente a estas propuestas es ser conscientes de la necesidad de una reflexión auténticamente profunda y serena sobre el amor humano (sin apuros coyunturales ni sectoriales). Es deseable evitar las ideologías y proponer una cultura respetuosa de la memoria y valores del pueblo argentino.
Foro UCA Vida y Familia. Instituto para el Matrimonio y la Familia. Facultad de Derecho. Instituto de Bioética. Departamento de Sociología de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales. Facultad de Ciencias de la Educación. Instituto de Comunicación Social. Instituto de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales. Facultad de Psicología y Psicopedagogía. Centro Cultural UCA, Facultad de Ingeniería
domingo, 5 de abril de 2009
Derecho del niño de ser oído y Aborto. Una alternativa escuchada en Argentina y sancionada en Kansas
El procedimiento que la ley establece es el siguiente: Al menos 30 minutos antes de practicar el aborto, el médico deberá ofrecer a la madre gratuitamente la posibilidad de: a) monitorear el latido del hijo que llevan en sus entrañas; y, b) de conocer y recibir una impresión con la imagen de su niño por medio de imágenes de ultrasonido (ecografía). El médico deberá ofrecer estas dos opciones a la madre, y explicarles que son gratuitas. Deberá dejar constancia escrita de la aceptación o rechazo de la madre. La constancia de aceptación o rechazo deberá glosarse a la historia clínica de la madre por al menos diez años y al menos cinco años después de la mayoría de edad, si se trata de menores.
La ley se votó por 32 votos a 6. Ya que la ecografía y el monitoreo son necesarios para practicar el aborto, no se advertía la razón de no mostrar los resultados a la madre del niño dispuesta a pagar por el aborto. Son servicios incluídos. En todo caso, en Kansas saben que el aborto es un flagelo que debe evitarse. Y han pensado que si la madre "escucha" o ve a su hijo, tal vez no pueda contra su instinto maternal. Cabe la duda de si la mujer no es inducida a abortar, cuando no se le asegura antes que lo que lleva en el vientre no es un invasor, sino su hijo, latiendo en sus entrañas.
Hace casi tres años, en el caso R., L. M., el juez de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, Dr. Pettigiani, señalaba la necesidad de presentar a sus conjueces la existencia del niño invisible detrás de las paredes del vientre materno. Insólitamente, su petición fue rechazada, violando abiertamente los Tratados Internacionales y leyes internas de protección del niño. En aquel momento, Pettigiani, sostuvo: "...también este motivo coadyuvaba a la realización de la ecografía tridimensional junto con la necesidad de efectivizar el "derecho a que el niño (nasciturus) sea oído y atendido cualquiera sea la forma en que se manifieste".
Pettigiani no fue oído por sus conjueces, pero en Kansas, Estados Unidos, estado que nunca ratificó la Conv. de los Derechos del Niño, se ofrecerá a las madres escuchar a sus hijos no nacidos, antes de decidir sobre su muerte.
domingo, 29 de marzo de 2009
Laicismo agresivo, uso profiláctico de anticonceptivos y derechos humanos

"no se puede solucionar este flagelo distribuyendo preservativos; al contrario, aumentan el problema" (Entrevista durante el vuelo a África).
"La solución sólo puede ser doble: la primera, una humanización de la sexualidad, es decir, una renovación espiritual y humana que conlleve una nueva forma de comportarse el uno con el otro; y la segunda, una verdadera amistad también y sobre todo con las personas que sufren; una disponibilidad, aun a costa de sacrificios, con renuncias personales, a estar con los que sufren. Éstos son los factores que ayudan y que traen progresos visibles".En breve, llamó a la "humanización de la sexualidad" y a la solidaridad (espiritual, social) con los enfermos.
domingo, 22 de marzo de 2009
Noticias. Mendoza. Simposio sobre la persona por nacer
Aborto en los casos de violación seguida de embarazo en niños

No podría juzgar situaciones concretas, que no conozco (y que no conocen la mayoría de los que opinan). Sin embargo, de los tres casos que anteceden, surgen gran cantidad de interrogantes, de carácter genérico:
- ¿Quién puede decidir sobre la vida y la muerte del niño que es gestado?
- ¿Puede decidirlo el médico? ¿Lo decide un juez? ¿Qué plafón ético o qué principios jurídicos toma para su decisión? ¿Es lícito un examen de los criterios ético-jurídicos? ¿Todos los criterios ético-jurídicos de los médicos o jueces son igualmente válidos y legítimos?
- ¿La vida y la muerte de una persona está en manos de un juez o de un médico?
- ¿Quién tiene derecho a decidir si la niña puede o no ser madre?
- ¿Pueden decidir el aborto, los representantes de la niña que faltaron a su deber de cuidado y que incluso puedan querer suprimir los efectos (el niño que es gestado) para esconder la causa?
- ¿Qué es lo mejor para la madre-niña violada? ¿Será mejor que ahora, además, le maten a su niño?
- ¿Qué es lo aberrante: el niño que está en el vientre o el hecho de la violación a un menor de edad? Porque si lo aberrante es la violación, la supresión de la vida el niño, que es todo luz y vida, no suprime el hecho ya acontecido de la violación aberrante. Abortar sólo añade, no borra.
- ¿Qué críticas surgen al actuar de la Iglesia en las asociaciones que favorecen el aborto? La Iglesia Católica y numerosas asociaciones pro-vida no cuentan con fabulosas asignaciones presupuestarias, sin embargo por pura gratuidad y don, asisten a las niñas durante años, con diversas formas de acompañamiento.
- ¿La voz de la niña? ¿Quién la oye? ¿Se les informa a las niñas-madres suficientemente que lo que llevan en sus entrañas es un niño, al que podrán acunar y llamar "hijo"? Lo digo porque es sabido que no siempre se permite a algunas asociaciones favorecer un imposible consentimiento informado (digo imposible, porque es absurdo el consentimiento informado para un delito, y el aborto es un crimen... del que las niñas-madres suelen ser víctimas)
- ¿La voz silenciosa del niño no nacido, habitualmente ya con forma humana, será oída?
En fin, que el aborto directamente procurado siempre es atroz. Es imperativo tomar conciencia de que ni el derecho ni la medicina pueden enarbolar estandartes contra la vida, el primero de todos los derechos humanos.
No hay ciencia, si ésta se opone a la vida del hombre. La ciencia inhumana no es ciencia (ni jurídica ni biológica) porque le fallan sus quicios más esenciales. Es una superestructura vacía, llamada a destruir lo que hay de más noble en las madres, en los niños, en la familia y en la sociedad. El aborto es antijurídico y es gravísimamente inhumano.
Abrazemos a todos los niños que sufren, con nuestras plegarias. Ninguno de ellos, nacido o no, merece la violencia (ni la del abuso sexual, mucho menos la de la muerte a manos de los adultos que matan ascépticamente, con el nuevo género de muerte "ética"). El resultado del aborto directamente procurado, será inexorablemente dos muertes: la del niño no nacido y la de la maternidad de la madre, con secuelas de deshumanización difíciles de precisar.